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“La sanción de la Ley Nacional de Salud Mental en 2010 marcó un punto de inflexión en el abordaje del sufrimiento psíquico en Argentina. Inscripta en un paradigma de derechos, la normativa promovió la sustitución del modelo manicomial por dispositivos comunitarios, interdisciplinarios e inclusivos. Sin embargo, a más de diez años de su implementación, el escenario actual presenta tensiones que exceden las dificultades operativas. En la práctica cotidiana de los servicios —guardias saturadas, intervenciones urgentes frente a crisis subjetivas, dificultades para sostener dispositivos comunitarios— se vuelve visible una brecha persistente entre el horizonte normativo y las condiciones reales de intervención. A su vez, la emergencia de nuevas demandas sociales, la persistencia de desigualdades estructurales y la aparición de propuestas de reforma legislativa abren interrogantes sobre el rumbo del campo. En este contexto, cabe preguntarse: ¿Se trata de una crisis en la implementación de la ley o de un cambio más profundo en la forma de concebir y gobernar la salud mental? (…)

En el contexto actual, comienzan a observarse desplazamientos hacia modelos formativos más centrados en la urgencia, la protocolización, el diagnóstico y la toma de decisiones basada en la evaluación del riesgo. Este giro tiene efectos concretos:

– Empobrecimiento de la mirada sobre el sufrimiento.

– Reconfiguración del rol profesional hacia la gestión de crisis.

– Desplazamiento de la pregunta ética por el cuidado.

– Fragilización de la interdisciplina.

Así, la formación tiende a orientarse menos a comprender y acompañar el sufrimiento, y más a intervenir sobre sus manifestaciones consideradas riesgosas. Esto conlleva el riesgo de formar profesionales cada vez más adaptados a gestionar situaciones críticas, y menos habilitados para problematizar las condiciones que producen el sufrimiento. (…)

No cambia solo lo que hacemos en salud mental, cambia la forma en que pensamos el problema y decidimos qué es necesario hacer. En este escenario, el riesgo no es solo una categoría clínica, sino que pasa a ser una forma de organizar la mirada. De este modo, cuando la mirada cambia, también se redefinen los límites de lo posible.

En este contexto, la formación de agentes de salud se vuelve un terreno estratégico. Allí se juega la posibilidad de sostener una perspectiva crítica que no reduzca el sufrimiento a su dimensión de riesgo ni renuncie a su complejidad social.

El desafío no radica únicamente en sostener un marco normativo, sino en producir prácticas —y formaciones— que hagan posible una salud mental en clave de derechos”.


Texto extraído del artículo: Patrignoni, A. S. (2026). Salud mental en disputa en Argentina: Entre el paradigma de derechos y la reconfiguración del gobierno del sufrimiento. Revista ISALUD, 21(100), 74-77.

Para leer el artículo completo: http://rid.isalud.edu.ar/handle/1/4240

Para leer la revista completa: https://www.isalud.edu.ar/institucional/publicaciones/revista-isalud

Andrea S. Patrignoni

Directora de la Licenciatura en Psicología de la Universidad ISALUD